Cuarto mandamiento de la Iglesia Católica
HACER PENITENCIA CUANDO LO MANDA LA IGLESIA

 

Nuestro Señor Jesucristo enseño que hacer obras de penitencia es condición indispensable para entrar en el Reino de los Cielos: "Yo les digo que si no hacen penitencia, todos igualmente perecerán". (Lc 13,3).

 

 

Razones teológicas

Sexta parte

     

Repetidamente se recuerda en la Sagrada Escritura la necesidad de hacer obras de mortificación y renuncia: (Cf. Mt 4,2; 9,15; 17,21; Lc 3,3; 13,15; 24,47; Hch 2,38; 13,2; 14,23;).

Razones teológicas

Las razones teológicas con que Santo Tomás explica por qué es necesario hacer penitencia para conseguir la vida eterna son:

  • Porque con la penitencia la mente, desprendiéndose de lo terreno, se eleva con más facilidad a las cosas del cielo.
  • Porque la penitencia es un eficaz remedio para reprimir la concupiscencia y vencer los apetitos desordenados.
  • Porque con la penitencia se consigue la reparación de los pecados propios y ajenos
  • Porque las obras de penitencia son fuente de los méritos ante Dios.

Hacer penitencia, sin embargo, implica al hombre la renuncia de las tendencias y apetitos. Le supone negarse a sí mismo y representa para él una obligación costosa; por eso la Iglesia se encarga de recordar este deber, señalando un mínimo de pequeñas mortificaciones en las comidas que deben ser cumplidas ciertos días del año.
El ayuno consiste en hacer sólo una comida al día, aunque se permita tomar un poco de alimento por la mañana y por la noche.

La abstinencia -también llamada vigilia- consiste en abstenerse de comer carne.

Forma concreta de vivir el precepto.
Los días y los tiempos con carácter penitencial para toda la Iglesia son: Todos los viernes del año (días penitenciales) y el tiempo de cuaresma (tiempo penitencial).

Es necesario recordar que la noción de días y tiempos penitenciales es más amplia que la de días de ayuno y abstinencia.

Entre los días penitenciales hay dos especialmente importantes: Miércoles de Ceniza y Viernes Santo. Estos dos días existe la obligación de vivir el ayuno y la abstinencia.


El ayuno obliga de los 18 a los 59 años, y puede haber algunas causas que dispensen de él:

  • La imposibilidad: Por ejemplo, los enfermos, los convalecientes, las personas muy débiles o carentes de recursos económicos, etc.
  • El trabajo: Para quienes se ocupan de labores físicas que causan gran fatiga corporal y necesitan de alimento.
  • La abstinencia obliga desde los 14 años.


 

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