Primer
mandamiento de la Iglesia Católica.
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La obligación que tenemos de emplear parte de nuestro tiempo para consagrarlo al culto de Dios, es una ley escrita en el corazón, por lo que la conoceríamos aun cuando Dios no nos hubiera dado el precepto en el Monte Sinaí. Para ayudarnos a cumplir esa ley natural, Dios se reservó para El un día a la semana, el sábado, que después la Iglesia cambió al domingo. |
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Escuchar misa entera los domingos y fiestas de precepto |
Modo de cumplirlo |
Causas que dispensan la misa |
Tercera Parte |
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| Escuchar misa entera los domingos y fiestas de precepto "El domingo y las demás fiestas de precepto nos señala en canon 1247 del Catecismo de la Iglesia Católica. Los fieles tienen la obligación de participar en la Misa".
Para
santificar los domingos y otros días festivos, tributamos
a Dios el culto de adoraciónmás digno de Él. Pero cuando por efecto del arrianismo y de las invasiones de los bárbaros se perdió ese espíritu primitivo, la Iglesia se vio obligada, en el siglo V, a decretar el precepto de la asistencia a Misa. Este mandamiento obliga -bajo pecado mortal- a todos los fieles que tienen uso de razón y han cumplido los siete años. De esta manera, la Iglesia determina y facilita el cumplimiento del tercer mandamiento de la ley de Dios. Además pedagógicamente enseña la importancia de la Misa para que asistamos con mas frecuencia. Día previsto Este precepto hay que cumplirlo precisamente el día que esta mandado, pasado el cual cesa de obligar. Y así, el que dejó de oír Misa ese día, aunque sea culpablemente, no está obligado a ir al día siguiente, ni cumple con el precepto por ir otro día. Además de todos los domingos del año, son días de precepto en la República Mexicana:
Presencia corporal La asistencia a la Santa Misa debe ser real, es decir, el fiel ha de hallarse en el interior de la Iglesia o, si no le es posible entrar, estar unido a quienes están adentro. Por tanto, no cumple el precepto el que sigue la Misa por el radio o televisión, ni el que permanece tan alejado del grupo que no se le pueda considerar como formando parte de los asistentes. Integridad Por
este término se designa la obligación de asistir a
la Misa entera, lo que significa que, supuesta la intención
recta, no debe omitirse una parte notable para cumplir el precepto. Devoción Para obtener buen fruto de la Misa debemos no sólo atender a ella, sino asistir con espíritu de fe y sentimientos de piedad. Hasta que pensemos que la Misa es la renovación del Sacrificio de la Cruz, para danos cuenta que no puede haber nada más divino y digno de nuestro esfuerzo, ni más útil para conseguir el aumento de la gracia. Los medios más aconsejados para asistir a Misa con devoción son:
Resulta evidente que mientras más nos empapemos del espíritu e intenciones de Cristo al inmolarse en el altar, y mientras más nos unamos a su Sacrificio, tanto más fruto obtendremos de Él. En
general, las circunstancias que pueden dispensar de asistir a Misa
son: Imposibilidad física: Si se está enfermo por ejemplo, y no puede razonablemente levantarse para asistir a Misa; los débiles y convalecientes están dispensados si les supone un grave inconveniente; el que vive muy lejos de la Iglesia y emprender un viaje le produce serios problemas (no puede determinarse la distancia, pues depende de los medios de transporte con los que se cuente). Grave necesidad privada o pública: Puede igualmente dispensarnos de asistir a Misa. Los que cuidan enfermos o niños muy pequeños, por ejemplo los que están obligados a trabajos urgentes y no pueden reemplazar. Los trabajadores podrán estar dispensados de asistir a Misa, pero deben hacer lo posible por modificar su situación. Grave daño: Si por asistir a Misa se sigue un grave daño, para sí mismo o para el prójimo, existe razón suficiente para faltar a ella.
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